Administrativo y Laboral

De los comités de la obra pública y padrón de contratistas en el estado de Chihuahua

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Continuando con nuestra serie relativa a la obra pública en el estado de Chihuahua que iniciara bajo la entrada La obra pública y sus servicios relacionados en el estado de Chihuahua ahora toca el turno de abordar lo relativo a los comités que aprueban la contratación de la obra pública, así como el padrón donde se registran los contratistas.

Temas por demás importantes para la industria de la construcción, pues aquí te diré qué necesitas para registrarte ante el Padrón Único de Contratistas, cuál es el catálogo de servicios relacionados con la obra pública en nuestro estado, y cómo los entendes públicos deciden, a través de sus comités, contratar y ejecutar la obra pública.

Sin mayor dilación, comencemos:

Los entes públicos que se encuentren facultados para contratar y ejecutar obra pública, conforme a la normatividad que regula su creación y funcionamiento, deberán establecer Comités de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas los cuales tendrán, como mínimo, las siguientes atribuciones:

1.- Conocer la elaboración del programa y el presupuesto de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como sus modificaciones, y formular las observaciones y recomendaciones convenientes.

2.- Elaborar y aprobar su manual de integración y funcionamiento.

3.- Dictaminar, previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas.

4.- Emitir el fallo con base en el dictamen elaborado por el área técnica que corresponda a la obra pública o servicio relacionado con la misma.

5.- Revisar que el dictamen emitido por el área técnica que corresponda a la obra pública o servicio relacionado con la misma, se encuentre formalmente fundado y motivado, pudiendo aceptarlo o rechazarlo por la falta de dichos requisitos.

6.- Revisar los documentos que le presente el área técnica correspondiente, a fin de corroborar que la información presentada sea la necesaria para llevar a cabo el proceso licitatorio, así como para verificar su procedencia y formular las observaciones y recomendaciones convenientes.

7.- Dirigir los actos que formen parte del proceso licitatorio, tales como juntas de aclaraciones, actos de presentación y apertura de proposiciones y fallos de la licitación.

8.- Recibir y verificar cuantitativamente las propuestas y documentos presentados por las personas contratistas en el proceso licitatorio.

9.- Modificar o diferir los plazos de las juntas de aclaraciones, actos de presentación y apertura de propuestas y fallos, cuando así se requiera.

10.- Cancelar los procesos licitatorios dando aviso a la Secretaría de la Función Pública o al órgano interno de control que corresponda.

11.- Analizar trimestralmente el informe de la conclusión y resultados generales de las contrataciones que se realicen y, en su caso, recomendar las medidas necesarias para verificar que el programa y presupuesto de obras y servicios se ejecuten en tiempo y forma, así como proponer medidas tendientes a mejorar o corregir sus procesos de contratación y ejecución.

12.- Coadyuvar al cumplimiento de la normatividad de la materia.

En el Poder Ejecutivo, el Comité Central de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se integrará de la siguiente manera, por quien ocupe la titularidad de:

1.- La Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, quien lo presidirá.

2.- La Secretaría de Hacienda del Estado de Chihuahua.

3.- La Secretaría General de Gobierno del Estado de Chihuahua.

4.- La Dirección de Caminos; de Obras Públicas o de Infraestructura Municipal de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, según corresponda.

5.- La dependencia requirente de la contratación, en su caso.

No obstante, a las sesiones del Comité podrá asistir, con voz pero sin voto, una persona representante de la Secretaría de la Función Pública, quien fungirá como observadora, así como una persona designada por quien ocupe la titularidad del área encargada de los asuntos jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

Los poderes legislativo y judicial del estado de Chihuahua determinarán, conforme a sus leyes orgánicas o reglamentos respectivos, la integración de sus Comités de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Los municipios y demás entes públicos facultados, harán lo propio para la integración de su comité.

No obstante, en la integración del comité, los entes públicos deberán considerar cuando menos lo siguiente:

1.- Ser presidido por la persona titular del ente público o de su área encargada de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas.

2.- Tener como integrante a la persona titular del área encargada de las finanzas del ente público.

3.- En caso de que el ente público cuente con un área técnica específica que corresponda a la obra pública a contratar y ejecutar, esta deberá integrar el comité.

4.- El área jurídica y el órgano interno de control de los entes públicos deberán asistir a las sesiones del comité, con voz. El primero como asesor y el segundo como observador.

5.- Tendrá hasta un máximo de 7 integrantes y un mínimo de 3.

6.- Las decisiones serán tomadas por mayoría de votos, en caso de que el número total de miembros sea par, la Presidencia tendrá voto de calidad.

7.- Se deberá permitir la participación de un testigo social.

8.- Quienes integren el comité podrán delegar por escrito a sus respectivos suplentes, quienes serán igualmente responsables respecto de sus acciones u omisiones.

El Comité Central de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Poder Ejecutivo, para facilitar el análisis y estudio de las propuestas, integrará el Padrón Único de Contratistas del Estado, registrando y clasificando a las personas contratistas inscritas en él, de acuerdo con su especialidad, capacidad legal, técnica, financiera y de ejecución física de obra por períodos determinados, experiencia y demás elementos que proporcionen certidumbre a los entes públicos para la contratación de obra pública y servicios relacionados con la misma.

El Padrón deberá ser publicado a través del sistema electrónico de contrataciones y estar a disposición de cualquier persona interesada, salvo en aquellos casos que se trate de información de naturaleza reservada, en los términos establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley de Protección de Datos Personales, ambas del Estado de Chihuahua.

Solo podrán celebrarse contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con las personas contratistas inscritas en el padrón, cuyo registro esté vigente, salvo que se trate de supuestos que más adelante trataré en la serie.

El registro en el padrón tiene por objeto hacer constar que el contratista es una persona moral o física que opera formalmente dentro del mercado de la construcción de obra pública y servicios relacionados con las mismas en una o más especialidades particulares o genéricas.

En ese sentido, la presentación del registro vigente en el Padrón Único de Contratistas permite acreditar ante el Comité de Obras respectivo, los siguientes datos del contratista:

1.- Razón o denominación social de la persona moral o el nombre de la persona física que, en su caso, sea registrada.

2.- Nombre de las o los representantes y apoderados legales acreditados, en su caso.

3.- Especialidades genéricas o particulares bajo las cuales ha quedado registrada.

4.- Capital contable autorizado al momento de expedir el certificado.

Las personas físicas y morales interesadas en inscribirse en el Padrón Único de Contratistas, deberán solicitarlo, por escrito o medios electrónicos, al Comité Central, acompañando la información y documentos siguientes:

1.- Carta de solicitud de inscripción dirigida al Comité Central de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Poder Ejecutivo, con firma autógrafa, indicando claramente las especialidades genéricas o particulares, de acuerdo al catálogo correspondiente, que pretende acreditar.

2.- Original y copia del recibo de pago.

3.- Carta poder simple autorizando a la persona que entrega solicitud para recibir documentos originales y acuse de recibo, con firma autógrafa. Únicamente en caso de que no se presente la persona física, o el representante legal de la persona moral a realizar el trámite.

4.- Original y copia simple para cotejo del comprobante de domicilio en el estado de Chihuahua. En su caso contrato de arrendamiento de apartado postal. De no contar con domicilio en el estado, proporcionar el domicilio fiscal para su registro exhibiendo constancia emitida por el Servicio de Administración Tributaria con una antigüedad no mayor de un mes.

5.- En caso de personas físicas, original y copia simple para cotejo del acta de nacimiento.

6.- En caso de personas físicas, original y copia simple para cotejo de la cédula profesional.

7.- Original o copia certificada y copia simple para cotejo del acta constitutiva y sus modificaciones.

8.- Original y copia simple para cotejo del Registro Estatal de Contribuyentes. Este requisito no será exigible tratándose de contratistas que tengan domicilio fiscal fuera del estado, siempre y cuando manifiesten bajo protesta de decir verdad que los servicios prestados no implicarán contratación de personal en el estado de Chihuahua ni instalaciones permanentes en la entidad.

9.- Cédula de Identificación Fiscal emitida por el Servicio de Administración

Tributaria.

10.- Acuse de recepción y anexos de la última declaración anual exigible del

Impuesto sobre la Renta. Tratándose de personas de actividad fiscal reciente, serán los estados financieros del ejercicio fiscal en curso emitidos por contador público y la declaración anual en caso de haberla presentado.

11.- Copia simple de la cédula profesional del contador público que firma los

estados financieros.

12.- Constancia emitida por las autoridades competentes que acredite estar al corriente con obligaciones fiscales federales y estatales, en su caso.

13.- Copia de la cédula patronal o aviso de inscripción al registro del Instituto Mexicano del Seguro Social.

14.- Original y copia simple de la constancia que acredite estar al corriente con sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

15.- Copia simple del documento de afiliación al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

16.- Cuando menos 2 contratos de obras privadas o públicas o servicios relacionados con las mismas y sus correspondientes actas de entrega recepción, finiquito u otros documentos que acrediten la ejecución y conclusión de los trabajos, cuyo objeto y catálogo de conceptos implique claramente la práctica de las especialidades genéricas o particulares, de acuerdo al catálogo correspondiente, que pretende acreditar.

17.- En el caso de contratos de obras o servicios realizados en propuesta conjunta la especialidad se acreditará conforme a los trabajos especificados en el convenio para cada participante.

18.- Tratándose de personas de actividad fiscal reciente, se podrá acreditar este requisito mediante curriculum vitae del responsable técnico de la ejecución de contratos, cuando dicha persona física haya formado parte, como socio, jefe de proyecto o superintendente, de las obras o trabajos señalados en el currículum y se exhiban los documentos suficientes para sustentar las especialidades que pretende acreditar en al menos dos contratos.

19.- Correo electrónico para recibir notificaciones respecto al trámite del Padrón Único de Contratistas.

20.- Original y copia simple para cotejo de la identificación oficial con fotografía del firmante de la solicitud.

Cuando se quiera modificar el registro al Padrón Único de Contratistas, se deberá presentar lo siguiente:

1.- Carta de solicitud con firma autógrafa dirigida al Comité Central indicando claramente la modificación que solicita.

2.- Original y copia simple del recibo de pago de inscripción.

3.- Carta poder simple, autorizando a la persona que entrega solicitud para recibir documentos originales y acuse de recibo en original. Únicamente en caso de que no se presente la persona física, o el representante legal de la persona moral a realizar el trámite.

4.- Correo electrónico para recibir notificaciones respecto al trámite del Padrón Único de Contratistas.

Asimismo, deberá adjuntarse la siguiente documentación, según el tipo de cambio requerido:

1.- Originales de los estados financieros actualizados al mes anterior.

2.- Impresión del acuse de recibo y anexos de la última declaración anual exigible del Impuesto Sobre la Renta. Tratándose de personas de actividad fiscal reciente serán los estados financieros del ejercicio fiscal en curso emitidos por contador público y la declaración anual en caso de haberla presentado.

3.- Copia simple de la cédula profesional del contador público que firma los

estados financieros.

4.- Impresión de las constancias que acrediten estar al corriente de sus

obligaciones fiscales federales y estatales en su caso.

5.- Correo electrónico para recibir notificaciones respecto al trámite del padrón.

1.- Original y copia para cotejo del comprobante de domicilio ubicado en el estado de Chihuahua. En su caso, contrato de arrendamiento de apartado postal.

2.- De no contar con domicilio en el estado, proporcionar el domicilio fiscal para su registro exhibiendo constancia de más de un mes de antigüedad emitida por el Servicio de Administración Tributaria que lo avale.

Las personas inscritas en el padrón tendrán la obligación de revalidar su registro anualmente en el mes de enero, cuando se trate de personas físicas, y en el mes de febrero, cuando se trate de personas morales, cubriendo el derecho que determine la Ley de Ingresos y entregando al Comité Central

la información y documentación respectiva.

Además, deberán adjuntar lo siguiente:

1.- Carta solicitud con firma autógrafa dirigida al Comité Central indicando el

motivo del trámite.

2.- Original y copia del recibo de pago.

Si el Comité Central o la Secretaría de la Función Pública detectaren que la persona contratista presenta información falsa o documentación apócrifa, se establecerán las medidas o sanciones correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles, administrativas o de cualquier otra índole que correspondan.

De igual forma, si el Comité Central otorga el registro en el padrón a las personas contratistas que se encuentren en el supuesto del párrafo anterior, se establecerán las medidas o sanciones correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles, administrativas o de cualquier otra índole que correspondan.

El catálogo de especialidades genéricas y especialidades particulares, con el cual se efectuará el registro en el Padrón Único de Contratistas, será el siguiente:

NúmeroEstructuras de concreto
1111Tanques de regulación
1112Tanques de almacenamiento
1113Silos
1114Chimeneas
1115Prefabricados (pre-post)
1116Puentes vehiculares con superestructura a base de elementos preforzados o postensados
1117Puentes peatonales con superestructura a base de elementos presforzados o postensados
1118Puentes vehiculares con superestructura de concreto reforzado
1119Puentes peatonales con superestructura de concreto reforzado
1120Sifones
1121Subestructura de pilas, pilotes, tablaestacas u otros elementos
1122Subestructura de losas de cimentación
1123Superestructura de muros de contención, estribos y aleros
1124Superestructura de columnas, pilas y pilotes
1125Superestructura de vigas, trabes y losas de concreto
1126Revestimientos en canales y cauces de arroyos y ríos
NúmeroDescripción
1201Vigas, trabes, armaduras, columnas y otros elementos de acero
1202Techumbres y cubiertas
1203Tanques de regulación
1204Tanques de almacenamiento
1205Elementos de pailería y conexiones en general
1206Puentes vehiculares
1207Puentes peatonales
NúmeroDescripción
1301Albañilería y obra civil
1302Recubrimientos y acabados (pintura, textura, selladores)
1303Plafones
1304Herrería
1305Cancelería y ventanería
1306Carpintería
1307Impermeabilización
1308Rehabilitación de edificaciones y remodelaciones
1309Instalaciones eléctricas en edificación o habitacionales (iluminación y control)
1310Instalaciones hidrosanitarias
1311Instalaciones para gas
NúmeroDescripción
1401Alumbrado público
1402Instalaciones eléctricas clase distribución
1403Guarniciones y banquetas
1404Equipamiento y mobiliario urbano y suburbano
1405Equipamiento de parques deportivos- recreativos
1406Parques y jardines
NúmeroDescripción
1501Presas de almacenamiento, derivadoras y de contención
1502Canales
1503Desazolves y dragados
1504Obras de protección y almacenamiento menor
1505Terracerías en vialidades y caminos
1506Terracerías con uso de explosivos para vialidades, caminos, y/o aeropistas
1507Terracerías en plataformas
1508Trabajos pre-agrícolas (subsoleo, barbecho, rastreo, nivelación, desmontes o limpieza)
1509Drenaje en vialidades, caminos y/o ferrocarriles
1510Membranas y geotextiles
NúmeroDescripción
1601En vialidades urbanas, vialidades suburbanas, estacionamientos, urbanizaciones y caminos de concreto asfáltico
1602En vialidades urbanas, vialidades suburbanas, estacionamientos, urbanizaciones y caminos de concreto hidráulico
1603En vialidades urbanas, vialidades suburbanas, estacionamientos, urbanizaciones y caminos por el sistema de mezcla en el lugar
1604En vialidades urbanas, vialidades suburbanas, estacionamientos, urbanizaciones y caminos por el sistema de riegos de sello
1605En vialidades urbanas, vialidades suburbanas, estacionamientos, urbanizaciones y caminos por micro carpeta
1606En vialidades urbanas, vialidades suburbanas, estacionamientos, urbanizaciones y caminos por mampostería y/o adoquinados
1607Mantenimiento de vialidades con concreto asfáltico
1608Mantenimiento de vialidades pavimentadas con concreto hidráulico
1609Producción y suministro de material pétreo
1610Producción y suministro de material asfáltico
1611Producción y suministro de concreto hidráulico
NúmeroDescripción
1701Líneas y redes de transmisión y distribución de alta tensión
1702Líneas y redes de transmisión y distribución de media tensión
1703Líneas y redes de transmisión y distribución de baja tensión
1704Tableros de fuerza y distribución
1705Tableros de control o instrumentación
1706Subestaciones
1707Instalaciones de aire acondicionado y refrigeración (incluye calefacción)
1708Vacío y aire comprimido
1709Sistemas contra incendios
1710Sistema de pararrayos y sistemas de tierras
1711Sistemas de generación y redes de distribución de vapor
1712Sistemas de distribución y descarga de agua cruda o desmineralizada
1713Sistemas fotovoltaicos, eólicos, de combustión interna u otras fuentes de energía combinados o híbridos
1714Instalaciones con peligro de fuego o explosión
NúmeroDescripción
1801Hidroeléctricas
1802Termoeléctricas
1803Geoeléctricas
1804Núcleo eléctricas
1805Cogeneración
1806Turbo generadores y turbo motores
NúmeroDescripción
3101Conducción, redes y líneas de distribución de agua
3102Conducción, redes y líneas de distribución de drenaje sanitario
3103Equipo de bombeo y rebombeo
3104Pozos de visita y registros
3105Tomas domiciliarias
3106Atarjeas y descargas domiciliarias
3107Obras o drenajes pluviales
3108Acueductos (incluye instrumentación)
3109Mantenimiento de tanques
NúmeroDescripción
3201Sistemas de instrumentación y control
3202Telefonía, voz y datos
3203Radio
3204Televisión
3205Sistemas de micro-ondas
3206Fibra óptica
NúmeroDescripción
3301Ayudas visuales en pistas aéreas
3302Ayudas electrónicas en pistas aéreas
3304Gases medicinales
3305Controles de acceso y medidas de seguridad
3306Elevadores
3307Instalaciones para alberca
3308Aislantes térmicos y acústicos
3309Cercas de mallas de alambre
3310Instalaciones de material refractario
3311Viveros e invernaderos hidropónicos
NúmeroDescripción
4201Túneles
4202Lumbreras
4203Perforación direccional
NúmeroDescripción
4301Restauración y conservación de bienes inmuebles (intervención en sitios y monumentos, adecuaciones interiores y exteriores de edificios históricos)
NúmeroDescripción
4601Urbanas y suburbanas vertical y/o horizontal
4602Carreteras
4603Ferroviales
4604Defensas viales
4605Colocación de cerco de alambre de púas con poste metálico o de concreto hidráulico
NúmeroDescripción
4801Diseño de plantas potabilizadoras con base en desinfección, remoción de hierro y manganeso y ablandamiento por precipitación
4802Diseño de plantas potabilizadoras con base en separación de ciertos componentes del agua, precipitación de impurezas, filtración y desinfección
4803Construcción de plantas potabilizadoras con base en desinfección, remoción de hierro y manganeso y ablandamiento por precipitación
4804Construcción de plantas potabilizadoras con base en separación de ciertos componentes del agua, precipitación de impurezas, filtración y desinfección
NúmeroDescripción
5101Perforación de pozos a cualquier profundidad
5102Ademes para pozos a cualquier profundidad
5103Video inspección de pozos a cualquier profundidad
5104Cepillado de pozos a cualquier profundidad
5105Instalación y desmontaje de equipo de bombeo de cualquier capacidad
5106Protección anticorrosiva
5107Trenes de descarga de pozos de abastecimiento de agua potable
5108Control del medio ambiente
5109Realización de pruebas aforo en pozos
NúmeroDescripción
6101Planeación, proyecto y diseño de ingeniería civil
6102Planeación, proyecto y diseño de instalaciones eléctricas y mecánicas
6103Planeación, proyecto y diseño de instalaciones de aprovechamiento de energía
6104Planeación, proyecto y diseño de vías terrestres
6105Planeación, proyecto y diseño de aeropuertos
6106Planeación, proyecto y diseño de obras hidrosanitarias
6107Planeación, proyecto y diseño de obras de saneamiento
6108Planeación, proyecto y diseño de ingeniería en urbanización
6109Planeación, proyecto y diseño estructural
6110Planeación, proyecto y diseño llave en mano
6111Planeación, proyecto y diseño de instalaciones especiales
6112Planeación, proyecto y diseño de vialidades, puentes y traza del tráfico vehicular
NúmeroDescripción
6401Planeación, proyecto y diseño de edificación pública y social
6402Planeación, proyecto y diseño urbano
6403Planeación, proyecto y diseño de restauración de bienes inmuebles.
6404Imagen urbana y paisajismo
6405Interiorismo
6406Planeación, proyecto y diseño de restauración y conservación en sitios y monumentos, adecuaciones interiores y exteriores de edificios históricos
NúmeroDescripción
6501Agrología y desarrollo pecuario
6502Hidrología (incluye estudios para inundaciones en zonas urbanas, dimensionamiento de canales o drenajes pluviales o de estructuras)
6503Mecánica de suelos
6504Topografía y geodesia
6505Geología, geotecnia y geometría
6506Geofísica
6507Meteorología
6508Aerofotogrametría, cartografía y fotointerpretación
6509De impacto ambiental
6510Dictamen de riesgos, accidentes o siniestros
6511Plan de desarrollo urbano municipal
NúmeroDescripción
6601De pre inversión
6602De pre factibilidad y factibilidad técnico económica
6603Estudios de evaluación
6604Estudios económicos de costo/beneficio
6605Regulación de la tenencia de la tierra
NúmeroDescripción
6701Administración y finanzas
6702Gerencia y coordinación
6703Supervisión técnica
6704Presupuestos y control del costo
6705Programación y control de avances de obras
6706Servicios técnicos profesionales de ingeniería de costos y presupuestos
6707Servicios técnicos empresariales para obras públicas
NúmeroDescripción
6801Laboratorios de suelo
6802Laboratorios de resistencia de materiales
1803Radiografía industrial
NúmeroDescripción
6901Informática
6902Sistemas
6903Dictámenes y peritaje
6904Avalúos

El catálogo de especialidades podrá ser adicionado o modificado con voto de los integrantes del Comité Central en sesión convocada exclusivamente para ese efecto. El acta donde se acuerde la modificación o adición al catálogo de especialidades deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado por la presidencia del Comité Central.

No obstante, de manera previa a la sesión deberá recabarse la opinión de las cámaras del ramo de la construcción y de los colegios y asociaciones profesionales mediante la realización de al menos una mesa de trabajo.

La solicitud deberá ser planteada ante el Comité Central por escrito a través de la persona titular de la dependencia o entidad que requiera la modificación o adición a la catálogo de especialidades, debiendo ser firmada además por el área responsable de la ejecución de los trabajos.

Para añadir una nueva especialidad se deberá acreditar la necesidad de la misma, así como estudio de mercado que sustente que existen al menos 3 empresas locales o nacionales capaces de acreditarla.

Por último, la modificación al catálogo de especialidades no afectará los registros previos de las personas contratistas, ni tampoco los trámites o procedimientos que se encuentren vigentes.

Por Omar Gómez

Abogado postulante en materias fiscal, administrativo y constitucional

Socio

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